MANUAL DE CONVIVENCIA
La educación, se entiende como un proceso formativo donde el educando aprende a auto determinarse y auto disciplinarse para resolver con madurez las dificultades de su vida cotidiana.
1. MANUAL DE CONVIVENCIA
INTRODUCCION.
El manual de convivencia es un instrumento de formación integral, que permite a toda la comunidad educativa tener clara sus funciones, derechos y deberes, para hacer del proceso educativo un medio de crecimiento personal y comunitario que facilite la convivencia participativa, igualitaria, dinámica, creativa y responsable; de todos los miembros potenciando y desarrollando los valores propios del evangelio.
2. FUNDAMENTACIÓN LEGAL E IDENTIDAD DEL REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
El presente Reglamento o Manual de Convivencia tiene como fundamento legal la Constitución Política Nacional de 1981, los Derechos Humanos, la Ley General de la Educación (Ley 115 de 1994) que en efecto, en el Artículo 87 establece: "Los Establecimientos Educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo” Declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-866-01 del 15 de agosto de 2001. El Decreto Reglamentario 1860 (1994), el Decreto 1286 de 2005, el Decreto 1290 (2009), la Ley 1098 de 2006 de Infancia y Adolescencia, el Decreto reglamentario 1965 (2013), la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar; La sentencia T.478 de 2015 que promueve la diversidad en las escuelas, la Ley 1801 de 2016 la cual expide el código Nacional de policía y convivencia, y los fallos de la Honorable Corte Constitucional al lugar.
3. MARCO REFERENCIA
3.1 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Y CONCEPTOS
! COMPETENCIAS CIUDADANAS: Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.
! EDUCACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables.
! CONFLICTOS: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
! CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE: Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.
! AGRESIÓN ESCOLAR: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
a) Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras;
b) Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas;
c) Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros;
d) Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros;
e) Agresión electrónica: Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.
! ACOSO ESCOLAR (BULLYING): De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
! CIBERACOSO ESCOLAR (CIBERBULLYING): De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
! VIOLENCIA SEXUAL: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.
! VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
! RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.
! ACTITUDES: Disposición de ánimos que se manifiestan exteriormente.
! AUTONOMÍA: Libertad de gobernarse por sus propias leyes y principios.
! CONVIVENCIA: Llevar una parte o toda la vida en común.
! COMUNIDAD EDUCATIVA: directivos, administrativos, Profesores, alumnos, padres de familia.
! DIÁLOGO: Intercambio de intereses, principios y criterios.
! DERECHO: Facultad de hacer o exigir todo lo que la ley, la autoridad y la comunidad establece en nuestro medio.
! DEBER: Todo aquello a lo que está obligado el hombre por las normas convenidas o por las leyes naturales o positivas.
! ESTÍMULO: Mecanismos, hechos y acciones para acrecentar las práctica de una conducta positiva deseada o que se requiere que permanezca.
! LIBERTAD: Poder elegir, escoger u obrar.
! COMPORTAMIENTO SOCIAL: Manifestación de la persona en relación consigo misma y con los demás.
! ACCIONES PEDAGOGICAS: Mecanismo aplicado a la luz de la pedagogía para estimular el cambio de conducta en el alumno.
! SANCIÓN: Pena impuesta por la ley o reglamento orientada a la formación de una conciencia moral acorde con los parámetros mínimos de convivencia en comunidad.
! CONTRATO PEDAGOGICO: Pacto o convenio entre educadores, padres de familia y estudiantes, mediante el cual el educador se obliga a prestar asesoría y acompañamiento, el padre de familia a apoyar los procesos y el estudiante a cambiar unas conductas indeseables por unas normales que favorezcan la armonía y la convivencia.
! CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES: Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:
a) Situaciones Tipo l: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
b) Situaciones Tipo II: Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: Que se presenten de manera repetida o sistemática, Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
c) Situaciones Tipo III: Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.
! RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR:
Se refiere a los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario.
3.2 PRINCIPIOS GENERALES:
Los principios Institucionales están regidos bajo los principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:
! PARTICIPACIÓN: En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.
! CORRESPONSABILIDAD: La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.
! AUTONOMÍA: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones
! DIVERSIDAD: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.
! INTEGRALIDAD: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.
3.3 RESPONSABILIDADES
3.3.1 RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR O RECTOR DE ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO (Artículo 18° ley 1620)
! Liderar el Comité de Convivencia
! Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar
! Liderar la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, y el Sistema Institucional de Evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y el general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
! Reportar aquellos casos de matoneo, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.
3.3.2 RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES EN EL SISTEMA (Artículo 19 ley 1620)
! Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de matoneo, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en el establecimiento educativo, particularmente en el aula de clase, acorde con los art 11 y 12 de la ley 1146 de 2007, y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia escolar y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la convivencia Escolar.
! Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizaje democrático y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la solución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integralidad física y moral de los estudiantes.
! Participar de los procesos de actualización, de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
! Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia escolar
3.3.3 ORIENTACIÓN ESCOLAR EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES (ART. 32 ley 1620)
! Contribuir con la dirección del Establecimiento Educativo en el proceso de identificación de factores de riesgo que puedan influir en la vida escolar.
! Documentar y registrar en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar los casos de acoso y violencia escolar o vulneración de los derechos sexuales y reproductivos.
! Participar en el proceso de acompañamiento, así como de la evaluación de los resultados de esta orientación.
! Actuar como enlace que apoya la remisión de los casos de violencia escolar o vulneración de los derechos sexuales y reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la Ruta de Atención Integral.
! Participar en la definición de los planes individuales y grupales de intervención integral y seguir los protocolos establecidos en la Ruta de Atención Integral.
! Apoyar el Comité Escolar de Convivencia en el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos.
! Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del Manual de Convivencia y de los proyectos Pedagógicos.
! Involucrar a las familias a través de las Escuelas de Padres y Madres, en los componentes y protocolos de la Ruta de Atención Integral.
4 LOS SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MADRE LAURA MONTOYA
LA BANDERA. Es blanca y azul, simbolizando así la luz, la alegría y la pureza que deben adornar a la niñez y la juventud que educamos.
EL ESCUDO: formando una letra U como signo de la unión, hermandad, solidaridad que debe existir en los miembros de la institución, encierra los diferentes símbolos que hacen parte de esta institución educativa:
! Un libro y una azucena: signos que simbolizan la ciencia y la virtud.
! La llama olímpica y dentro la palabra sed: signo de la sed de Jesús que inspiró a la Madre Laura y la llama del amor que la impulsó para que el reino de Dios llegara a los hombres, también representa el deporte.
! Un computador: signo como símbolo de la ciencia y la tecnología para que el hombre en un enfoque racional se apropie de ella y la incorpore en los procesos pedagógicos.
! Pinos: signo que simboliza la Cooperación, obrar conjuntamente con otras personas comunidades e instituciones, significa ayuda mutua, solidaridad, amor y compromiso.
! En la parte superior reposa una cinta que contiene el lema de la institución “CON LA PEDAGOGÍA DEL AMOR”
! Contiene un paisaje: que simboliza de la fertilidad de las tierras de Dabeiba; en el centro un monograma simbolizando con la A entrelazada en la M el amor a María.
5 VALORES
Los valores son hábitos que perfeccionan las facultades del hombre para conseguir la verdad y la bondad (Santo Tomás de Aquino).
La Institución Madre Laura Montoya como centro de educación integral regido por los parámetros de educación integral cristiana, supone necesariamente una educación de valores indispensables para la maduración progresiva, psíquica y moral de sus miembros, que le permita establecer una auténtica relación de amor en su plena realización como hombre y mujer.
Desde la más tierna edad es necesario que el niño comprenda el sentido del desprendimiento generoso en función del verdadero bienestar de la comunidad, de la primacía de la verdad sobre el placer, del valor del servicio y del perdón generoso y de la grandeza del esfuerzo para lograr la realización de la persona.
Para la comunidad educativa de esta Institución es y seguirá siendo importante trabajar en sus educandos en la integración personal, en los valores de autoestima, respeto, responsabilidad, justicia, solidaridad, amor y paz.
6 PERFILES
6.1 PERFIL DEL ALUMNO
Formar integralmente al educando con estilo Laurista para que organice su propio sistema de valores y sea capaz de:
! Tener alto grado de autoestima.
! Ser respetuoso, alegre y atento.
! Aceptar a los demás dentro de sus diferencias.
! Ser inquieto por la investigación, creativo, artístico y cultural.
! Ser equilibrado y delicado en el trato.
! Preocuparse más por ser y hacer que por el tener.
! Ser autónomo, participativo, trabajador y receptivo.
! Estar abierto al diálogo y a la confianza.
! Tener sentido de pertenencia a la institución.
! Ser respetuoso y amante de la naturaleza.
! Conocer sus deberes y derechos frente a la comunidad.
! Comprometerse con la sociedad que espera su aporte transformador de justicia y solidaridad.
! Ser artífice de su propia historia, de su realización personal y profundo sentido de pertenencia.
! Tener una actitud responsable frente a sí mismo y a los demás.
! Concientizarse de la importancia que tiene el respeto por la vida y afrontar la misma con una visión futurista.
6.2 PERFIL DEL MAESTRO
Los educadores de la institución educativa MADRE LAURA MONTOYA tendrán una serie de cualidades y características que posibiliten el logro de los objetivos del proyecto educativo institucional y los capacite para ejercer con dignidad su profesión docente.
Deben ser:
! Cristianos comprometidos con sentido de pertenencia a la institución.
! Formadores en valores éticos, religiosos, culturales, patrióticos, a través de la palabra y el ejemplo.
! Imparciales, comprensivos, generosos, abiertos al diálogo, creativos, dinámicos, tolerantes, equilibrados, amables, responsables, honestos, en todas sus actuaciones, sinceros consigo mismo y con los demás.
! Responsables en su ser y quehacer educativo.
! Amigos de los alumnos, conocedores de sus problemas y necesidades.
! Recursivos en experiencias que faciliten el aprendizaje de los alumnos de acuerdo a las diferencias individuales.
! Profesionales y éticos dentro y fuera de la institución.
! Fieles a sus deberes reflejados en la puntualidad, el orden y la permanente inquietud por actualizarse.
! Agentes de proyección social conociendo muy de cerca el entorno que rodea a la institución, buscando la descentralización permanente de su labor pedagógica a través del contacto permanente con los padres de familia y demás miembros de la comunidad educativa.
6.3 PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA.
De la buena educación y formación moral de los padres de familia, depende la educación de los hijos.
La familia como célula vital de la sociedad, es la responsable de la formación integral de sus hijos, por lo tanto, los padres de familia de la Institución Educativa MADRE LAURA MONTOYA deben ser:
! Conocedores de la filosofía de la institución
! Forjadores de valores éticos, religiosos, morales y cívicos a través de su compromiso y testimonio de vida
! Comprometidos y con sentido de pertenencia a la institución.
! Participativos en los actos formativos y académicos que se realizan en la institución.
! Atentos a las llamadas que se les hacen
! Responsables de las actividades como miembros de la comunidad educativa.
! Interesados en conocer los logros y las dificultades de los educandos.
! Portadores de ideas para el mejoramiento de la institución.
! Presentadores de inquietudes en forma oportuna y amable.
! Orientadores de sus hijos en el proceso formativo.
! Asesores de los alumnos en los talleres y tareas a realizar en la casa.
6.4 PERFIL DEL CONTRALOR Y PERSONERO ESTUDIANTIL:
! Debe ser consciente de su dignidad personal y de la dignidad de los demás
! Manifestar su sentido de pertenencia a la institución.
! Ser disciplinado, honesto, integro, con autoridad, místico y profesional.
! Poseer capacidad de dialogo y convivencia.
! Debe ser una persona con capacidad de reflexión, de investigación, de actitud crítica y constructiva frente a los acontecimientos y circunstancias críticas de la vida.
! Con sensibilidad social en permanente búsqueda de amor. paz, justicia y solidaridad.
! Poseedor de una actitud positiva frente al cambio manifestado en deseo de superación, compromiso y comprensión a los demás.
! Capaz de tomar decisiones y asumir responsabilidades.
7 UNIFORMES
El uniforme se inscribe en los deberes que se debe cumplir y establece el Artículo 17 numeral 6 del Decreto 1860 del 3 de Agosto de 1994 y su finalidad es inculcar y practicar hábitos de higiene que contribuyan a una sana comunicación y a preservar a los alumnos de la discriminación por razones de apariencia, a la vez que establece lazos de identidad y pertenencia con la Institución. Por tales criterios se establece un uniforme de uso diario y otro para la educación física.
7.1 Uniforme de Gala de las niñas y jóvenes.
Jumper a cuadros blancos y azul fondo blanco, camisa de color blanco manga corta y medias blancas hasta la rodilla, zapatos de color negro. El largo del uniforme debe estar dos dedos arriba de la rodilla.
7.2 Uniforme de gala de los niños y jóvenes.
Blue jeans clásico de color azul rey, correa de color negro (visible), camiseta blanca con cuello con ribete azul con el escudo de la institución a la altura del pecho en la parte superior izquierda, medias de color azul, sin adornos y zapato de color negro. La camiseta debe portarse por dentro del pantalón (encajada).
7.3 Uniforme de Educación Física.
Alumnos y alumnas lucirán Camiseta blanca con cuello redondo de color azul con el escudo de la Institución, sudadera azul rey con el nombre de la Institución educativa, tenis negros, medias blancas sin otros colores. La camiseta debe portarse por dentro de la sudadera (encajada).
7.4 Accesorio
! Moños, balacas o hebillas discretos, de color azul, negro o blanco.
! Los aretes no están permitidos para los hombres y las mujeres deben llevarlo en colores acordes al uniforme y tamaño pequeño.
! Con el uniforme no se llevarán piercing, cachuchas, pañoletas, gafas deportivas.
! Los hombres deben de lucir un corte de cabello normal, evitando estilos extravagantes, y el tinturado.
8 DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
8.1 EL RECTOR
8.1.1 DERECHOS:
! Recibir trato respetuoso por parte de los miembros de la comunidad educativa
! Participar en los cursos de mejoramiento, actualización y profesionalización dentro y fuera de la Institución.
! Recibir apoyo y sugerencias como aporte al buen desempeño de su cargo.
! Todos aquellos consagrados como derechos fundamentales por la constitución política
8.1.2 DEBERES:
! Conocer y difundir el Proyecto Educativo Institucional y el Manual de convivencia entre los miembros de la comunidad educativa.
! Promover el desarrollo integral de los estudiantes que los convierta en agentes de cambio en la sociedad.
! Propiciar el dialogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad educativa y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan surgir.
! Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos de la institución, como también con las autoridades educativas y bienhechores.
! Orientar el personal docente, administrativo y de servicios generales en el ejercicio de sus funciones.
! Dirigir la consecución de los recursos materiales necesarios para la dotación de la Institución y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo de las actividades.
! Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional, secretaria de educación departamental y Municipal. Núcleo educativo y de los consejos directivo y académico.
8.1.3 ESTIMULOS:
! Destacar su labor ante la comunidad educativa de la institución.
! Reconocimiento de su gestión administrativa, ante las autoridades competentes.
8.1.4 SANCIONES:
! Llamada de atención en forma verbal o escrita.
! Las sanciones que cobija el Código disciplinario Único de acuerdo al incumplimiento con las funciones inherentes a su cargo.
8.2 EDUCADORES
8.2.1 DERECHOS:
! Ser informados por parte de las directivas de la Institución sobre la filosofía, modelo pedagógico, misión, visión y objetivos de la Institución, PEI.
! Recibir un trato justo y respetuoso por parte de las directivas, compañeros, padres de familia y estudiantes de la institución.
! Expresar libremente sus pensamientos, respetando la filosofía de la institución, las creencias religiosas y la filiación política o ideología de los educandos y compañeros de trabajo.
! Tener a su disposición el material didáctico necesario para su mejor desempeño pedagógico.
! Participar activamente en convivencias, celebraciones, actos deportivos y culturales.
! Tener una buena dotación de muebles y enseres para un óptimo desempeño profesional.
! Participar y beneficiarse de los cursos de profesionalización y actualización programados por la Institución, Secretaría de Educación Departamental, Municipal y del M.E.N
! Recibir orientación oportuna por parte de las directivas del plantel sobre las innovaciones educativas, normas expedidas, lineamientos sobre diligenciamiento de los libros reglamentarios y la aplicación del presente Manual de convivencia.
! Solicitar permiso hasta por tres días consecutivos con causa justificada (Enfermedad, calamidad doméstica, capacitación y actualización académica, desarrollo de actividades propias de la institución.).
! Ausentarse de la institución en caso de enfermedad o calamidad doméstica, previo informe a la Rectoría y/o coordinación.
! A que se respete su intimidad, su creencia religiosa, su filiación política, su ideología y aficiones.
! Asistir a las citas que por enfermedad o tratamiento deba concurrir.
! Recibir el suministro de información personal por parte de la Secretaria.
! A elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para los órganos que funciona en la Institución.
! Al libre ejercicio de su profesión de acuerdo con lo consagrado en la constitución política nacional, decreto ley 2277/79, ley 115/94, ley 715.
! Conocer el resultado de la evaluación realizada por el rector, y consejo directivo.
! Al debido proceso en caso de que se presuma la violación de algún deber o el ejercicio de alguna prohibición señalada en el decreto ley 2277/79, ley 115/94, ley 734 (código disciplinario).
! A desarrollar proyectos de innovación e investigación pedagógica tendientes a mejorar los niveles de competencia académica de los estudiantes y comunidad educativa en general.
! Todos aquellos consagrados como fundamentales por la constitución política y la ley.
8.2.2 DEBERES:
Estos son regidos por los decretos No. 12342 del 23 de julio de 1982 y No. 2277 del 27 de septiembre de 1979 y No. 2480 de 1986, ley 115 de 1994; decreto 1860 de 1994; ley 715 de 2001; decreto 1278 de 2002; decreto 1850 de 2002 y 0230 de 2002.
! Promover la formación de valores morales, espirituales y cívicos a partir de su ejemplo de vida.
! Inculcar en los estudiantes el amor a la institución, a los valores históricos y culturales de la nación.
! Inculcar el respeto a los símbolos patrios, religiosos y de la institución.
! Escuchar a los estudiantes respetando las diferentes formas de pensamiento y vivenciando los valores del respeto y la tolerancia.
! Realizar un acompañamiento consciente, ordenado y eficaz del proceso formativo de cada uno de los estudiantes.
! Dialogar oportunamente con los estudiantes, la familia o acudiente en procura del crecimiento en su proceso formativo.
! Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.
! Dirigirse con dignidad, respeto y decoro en las expresiones verbales y/o, escritas a los estudiantes, padres de familia o sus representantes y demás miembros de la Institución educativa.
! Propiciar en la institución un ambiente armónico y de convivencia pacífica.
! Mantener una adecuada presentación personal acorde con los diferentes momentos o actividades planeadas por la institución.
! Cuidar los implementos y enseres de la institución y responder por ellos.
! Apropiarse de la propuesta formativa de la institución de tal manera que facilite y promueva su articulación.
! Hacer uso con responsabilidad de las ausencias cuando se piden permisos.
! Dialogar cuando se le hagan las evaluaciones y cambiar actitudes cuando se le sugieren.
! Elaborar y diligenciar correctamente el diario de campo, o diario pedagógico, el observador del alumno con su seguimiento paulatino de este resaltando sus fortalezas y debilidades, proponiendo correctivos y seguimiento y la respectiva planeación de las áreas a su cargo (presentándolo en las fechas establecidas).
! Estar atentos a las ausencias de los estudiantes, informando oportunamente a la coordinación para ejercer el control y aplicar los correctivos del caso.
! Diligenciar impecablemente la planilla definitiva, asentando en ella las ausencias sean justificadas o no, teniendo en cuenta que los resultados deben obedecer a todos los procesos y no a factores comporta mentales.
! Asistir al establecimiento en pleno uso de sus facultades mentales y físicas, evitando llegar embriagado, o después de haber hecho uso de estimulantes o sustancias psicoactivas.
! Atender a los estudiantes y padres de familia en los horarios previamente establecidos para el caso informando sobre su rendimiento académico y disciplinario.
! Llegar con antelación a los estudiantes tanto al establecimiento como a las clases para evitar actos de indisciplina por parte de ellos.
! Destinar la totalidad del periodo de clase para orientar a los estudiantes en sus actividades permaneciendo dentro del salón de clases.
! Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo a las funciones propias de su cargo.
! Realizar activamente los turnos de disciplina correspondientes y colaborar siempre con el comité responsable de ella.
! Comunicar oportunamente sobre imprevistos que impidan la asistencia o llegada puntual a la jornada laboral.
! Asistir puntualmente a todas las reuniones en las cuales sea requerido, bien sea de núcleo, general de profesores, comités en los cuales representa al estamento profesoral o cuando por motivos inherentes al cargo sea requerido para atender la solución de un problema o situación anómala, permaneciendo en esta durante el tiempo que sea requerido. El hecho de que una reunión no se realice en el tiempo de la jornada laboral del docente no lo exime de su asistencia.
! Abstenerse de enviar a los estudiantes a retirar objetos o documentos de la sala de profesores o de las oficinas, a comprar alimentos o hacer diligencias suyas fuera de la institución.
! Diligenciar la ficha del observador del estudiante y al finalizar cada periodo, evidenciando los aspectos positivos y por mejorar con el tratamiento respectivo sugerido e indicando a quien corresponde el seguimiento.
! Adelantar las acciones correctivas permanentes observando el respectivo conducto regular cuando tenga conocimiento del incumplimiento de parte de este Manual. Debe evitar llevar a instancias superiores lo que con el dialogo oportuno puede solucionar.
Las demás que para el personal docente determina las leyes y los reglamentos ejecutivos, en especial la ley 734 (código único Disciplinario)
8.2.3 ESTIMULOS:
! Felicitación verbal o escrita ante la comunidad educativa como reconocimiento al buen desempeño laboral.
! Ser publicado en el periódico escolar comunicando sus logros.
! Reconocimiento y apoyo a la investigación e innovación pedagógica de la institución.
8.2.4 SANCIONES:
! Llamado de atención en privado por el incumplimiento de sus deberes o comportamiento inadecuados dentro y fuera de la institución.
! Amonestación escrita con copia a la hoja de vida del educador, y las dictadas en el código único disciplinario (ley 734) de acuerdo al incumplimiento de las funciones inherentes a su cargo.
8.3 PADRES DE FAMILIA:
8 .3.1 DERECHOS:
! Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI de acuerdo a los mecanismos creados por la institución
! Elegir y ser elegidos por los delegatarios de la asociación de padres de familia para los distintos cargos de esta y demás cuerpos colegiados de la institución donde los padres tengan derecho a participar.
! Recibir con anterioridad las citaciones, circulares y demás, donde se informe sobre los compromisos con la institución y ejercer el derecho a la defensa cuando se tome una decisión que los afecte o lesione.
! Recibir explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos.
! Hacer peticiones respetuosas a los representantes de la institución siguiendo el conducto regular establecido por la institución, según lo amerite el caso.
! Participar en todos los programas de formación de padres que brinde la institución.
! Ser atendido con cultura y delicadeza en el momento en que lo solicite dentro de la institución y en el horario establecido.
! Recibir periódicamente los informes académicos y comporta mentales de sus hijos.
! Conocer el calendario escolar de sus hijos y a que se les cite con la debida anticipación a las actividades y reuniones en las que deben participar.
! Conocer y evaluar el manual de convivencia.
! A que se le consideren sus sugerencias y recomendaciones siempre y cuando estén en línea del crecimiento personal y formación integral de los alumnos y mejoramiento del quehacer educativo (Artículo 7 de la Ley 115, Art. 45 de la Constitución Nacional y Art. 7 de la ley 115, inciso f).
8.3.2 DEBERES:
! Participar en la elaboración del PEI, manual de convivencia y demás programas desarrollados por la institución.
! Orientar y supervisar el aprovechamiento el tiempo libre por parte de sus hijos después del horario de clases.
! Mantener un dialogo constante sobre el rendimiento académico y disciplinario de sus hijos dentro de la institución.
! Asistir a la entrega de informes y reuniones programadas por la institución.
! Dialogar permanentemente con sus hijos, reforzando la labor de formación académica y afectiva.
! Presentarse a la institución en caso de hacer reclamos fuera del horario de labores académicas de los docentes.
! Justificar en forma personal o escrita los retardos o inasistencia de sus hijos a la institución y solicitar con anticipación los permisos pertinentes.
! Apoyar a la institución en el trabajo de formación integral que realiza con sus hijos.
! Facilitar a sus hijos todos los útiles y elementos de trabajo para que este puede cumplir con todas sus responsabilidades.
! Responder por todos los daños causados por los suyos dentro del establecimiento.
! Dar buen ejemplo a sus hijos para que la familia cumpla su misión de educadora “en la fe, formadora de personas y promotora de desarrollo”
! Apoyar la acción educativa de la institución conocer su filosofía y el manual de convivencia.
! Facilitar la solución de problemas individuales o colectivos con acciones tendientes a promover el crecimiento personal y la formación integral.
! Preocuparse por atender a las citas que soliciten los profesores con el fin de lograr mayor compromiso con el proceso de formación de sus hijos.
! Colaborar con la asistencia de los hijos a clase (Art. 314 código del menor), y demás casos programado por la institución.
! Aceptar las sugerencias de acudir a las instancias externas a la institución que benefician al proceso formativo del estudiante, cuando estas hayan sido sugeridas por los responsables de la educación de sus hijos.
! No interrumpir (clases) el proceso de las actividades escolares.
! Controlar que sus hijos no lleven cosas ajenas a sus casas como: mochilas, prendas, bolígrafos, relojes, juguetes entre otros y devolverlas al director de grupo cuando ello suceda.
! Informar las verdaderas causas por las cuales le cancela la matricula a su hijo o acudido.
! Apoyar con la contribución económica e ideas a la asociación de padres de familia de la institución.
! Acompañar a su hijo a la matrícula y firmar el libro respectivo.
! Asumir una actitud positiva en defensa del buen nombre la institución.
! Inculcar valores cristianos, morales y cívicos en el hogar, dar buen ejemplo de convivencia y vida fraterna.
8.3.3 ESTIMULOS:
! Felicitación en forma verbal o escrita por el cumplimiento de sus deberes como padre o acudiente.
! Celebración del día de la familia.
! Reconocimiento público a los padres de familia que se destaquen por su liderazgo y sentido de pertenencia a la institución.
8.3.4 SANCIONES:
! Negación de la matricula a su hijo por el incumplimiento de los deberes adquiridos en el momento de la matrícula.
! Amonestación verbal o escrita de acuerdo al incumplimiento o falta de responsabilidad frente a los compromisos adquiridos.
8.4 DEBERES DERECHOS Y ACCIONES PEDAGOGICAS DE LOS ALUMNOS
8.4.1 NATURALEZA:
El estudiante según el artículo 91 de la ley 115 de 1994 es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación.
DEBERES |
DERECHOS |
CORECTIVOS PEDAGÓGICOS |
Emplear un vocabulario pulcro y adecuado. |
Ser atendido con amabilidad por los profesores cuando formula reclamos justos y respetuosos, siguiendo los canales regulares de comunicación |
Fortalecimiento de los canales de comunicación que se manejan al interior de la institución. |
Para ausentarse de la institución, debe presentar al salir el permiso firmado por el director encargado de disciplina, pueden salir solo con la autorización de sus padres o con una persona autorizada por ello. |
Permanecer el tiempo reglamentario dentro de la institución.
Atender los requerimientos de los padres de familia. |
Garantizar la protección y cuidado del estudiante al interior de la institución. |
Presentar por escrito en el momento de la inasistencia la justificación de sus ausencias, debidamente firmadas por los padres o acudientes, el día siguiente que esta se produzca. |
Justificar las ausencias a la institución. |
Ofrecer oportunidades de nivelación académica cuando la inasistencia es justificada |
Velar por la buena presentación, portando los uniformes sin alhajas, pinturas, maquillaje o adornos, en los hombres el corte de cabello debe ser normal, evitando estilos extravagantes, y el tinturado. |
Permitir el libre desarrollo de la personalidad sin perjuicio de la filosofía institucional y las normas contenidas en este manual. |
Dialogo y orientación a los alumnos y padres de familia sobre el buen porte del uniforme.
Revisar que el estudiante porte el uniforme de diario y de educación física correctamente y sin accesorios el día que corresponda.
|
Respetar los símbolos patrios e institucionales, poner en práctica los valores y participar activamente de los eventos Deportivos, cívicos, culturales y religiosos.
|
Disfrutar de un ambiente sano y adecuado que contribuya a su formación integral tanto dentro como fuera del aula. |
Disfrutando de espacios con buenas condiciones ambientales, luz, ventilación, decoración limpieza
Participando responsablemente en la jornadas de disciplina.
Respetando los horarios de aseo y responsabilizándose de los turnos de aseo en las aulas de clase y otras dependencias. |
Presentar en forma responsable y oportuna lecciones, trabajos, informes, consultas, exposiciones o cualquier actividad pedagógica establecida por el docente.
|
Ser estimulado por los miembros de la comunidad educativa de acuerdo con los logros afianzados.
Recibir periódica mente informes de calificaciones. |
Utilizando y aprovechando responsablemente el tiempo, los espacios y recursos de la institución. |
Propiciar una disciplina dentro y fuera del aula de clase que favorezca el proceso de enseñanza aprendizaje dando un trato digno, llamando a las personas por su nombres (No apodos, sobrenombre, ofensas, amenaza, chantajes) |
Ser protegido por la comunidad educativa contra toda forma de violencia, abandono, peligro, abuso sexual, descuido o trato negligente, maltrato físico o mental (Art. 10 ley de infancia y adolescencia) |
Corrigiendo oportunamente cualquier anomalía que se presente en contra de la sana convivencia de la institución |
Abstenerse del uso de celulares, radios, audífonos, lentes, cartas, juegos, libros, revistas y otros materiales no autorizados para las actividades académicas. |
Participar y emplear adecuadamente las actividades pedagógicas. |
Participando en las actividades científicas, pedagógicas, culturales y deportivas, religiosas y sociales programadas dentro o fuera de la institución. |
Asistir puntualmente a todos los momentos pedagógicos, actividades académicas y complementarias del currículo (recuperaciones) aprobar todas las áreas obligatorias para la promoción de acuerdo al PEI y su sistema de evaluación.
|
Recibir una educación integral cimentada en valores, en los fines del sistema educativo colombiano y en la filosofía de la institución. |
Participando responsablemente y alcanzando los logros esperados. |
Abstenerse de cometer actos que atenten contra las buenas costumbres tales como: el fraude, robo, fumar, consumir sustancias alucinógenas y bebidas embriagantes, portar revistas pornográficas armas de cualquier índole, radios y objetos de valor. |
Tener en cuenta los procesos debidos para la aplicación de correctivos y orientaciones pedagógicas.
Corregir los errores asumiendo las consecuencias de sus actos.
A que se les respete útiles, pertenencias y demás objetos de uso personal. |
Fomentando campañas educativas que brinden un conocimiento frente a la problemática social que se presenta.
Brindándole ayuda y poyo de acuerdo a los recursos disponibles en la institución y algunos existentes en el municipio.
Aprovechando las asesorías de grupo para charlas orientadas a la formación del respeto a las cosas ajenas. |
Seguir el conducto regular en la solución de problemas y dificultades a nivel académico y disciplinario. |
Recibir orientaciones y correcciones pedagógicas para los casos de comportamiento inadecuado que no se ajusten a la filosofía de la institución. |
Propiciando un ambiente para el dialogo personal.
Haciendo amonestaciones verbales y escritas oportunamente.
Propiciando un acompañamiento permanente a los estudiantes con el fin de detener y corregir cualquier falta que se pueda presentar. |
Respetar la jornada de trabajo y no interrumpir a compañeros y maestros de otros grados. |
|
Permitiendo las salidas de la jornada de trabajo cuando se conozca el motivo y se justifique el retiro. |
Demostrar interés por conocer su hoja de vida y proponer alternativas para superar dificultades. |
Conocer su hoja de vida y proponer correctivos para una superación personal. |
Brindando asesoría a través del dialogo, con el fin de superar dificultades y lograr el cambio de actitudes. |
Respetar las creencias y diferencias de lo demás |
A que se respete su credo o religión, su dignidad e identidad, la diferencia étnica, orientación sexual y situación de discapacidad. |
Corregir oportunamente cualquier anomalía que se presente en contra de la sana convivencia de la institución. |
Poner al servicio de los demás la comunidad los valores que poseen y resaltar los de las demás personas |
A que se valoren y estimulen las cualidades personales y sociales. |
Promoviendo y participando en actividades que lleven al reconocimiento, valoración y respeto de los valores de los demás. |
Respetar el tiempo reglamentado para solicitar certificados, constancias e información académica. |
Conoce sus informes académicos antes de haber sido entregados y registrados en secretaría. |
Diligenciando y entregando oportunamente los certificados, constancias e informes solicitados. |
Defender, preservar, recuperar, utilizar adecuadamente los recursos naturales. |
Gozar de un ambiente armonioso y propicio para su pleno desarrollo integral. |
Promoviendo campañas que despierten la conciencia ecológica y el cuidado de dichos recursos. |
PARAGRAFO: El incumplimiento de los deberes aquí impartidos con lleva a una falta disciplinar que trasgrede los principios y valores éticos y morales orientados en la institución e interviene con la formación en el SER, EL SABER Y EL SBER HACER.
8.4.2 ESTIMULOS PARA VALORAR LOS MERITOS DE LOS ESTUDIANTES
La Institución otorgará las siguientes distinciones a los alumnos que han sobresalido en el cumplimiento de sus deberes:
! Izar el Pabellón Nacional en los actos cívicos.
! Reconocimiento público de sus valores y buen comportamiento.
! Desempeñar monitorias académicas y disciplinarias.
! Representar a la Institución en eventos con otras Instituciones.
! Medallas y/o menciones de honor.
! Anotaciones en el observador y hoja de vida reconociendo sus méritos.
! Participar en el proceso activo institucional a partir del Gobierno Escolar.
! Se llamará al Padre de Familia y se le darán a conocer todos los logros alcanzados por su hijo.
! Resaltar los trabajos sobresalientes realizados por el alumno.
9. ACTITUDES QUE AFECTAN EL PROCESO SOCIOAFECTIVO Y EL CRECIMIENTO.
El esfuerzo de crecimiento y maduración personal es un deber de cada estudiante de la institución que se propone construir en sí mismo el perfil del alumno.
Todas las faltas implican una lesión a la propia búsqueda de la autenticidad y una inferencia en la marcha de la comunidad educativa (decreto 1423 de 1993)
9.1. SITUACIONES TIPO I
Es aquella falta que por su magnitud no afecta el funcionamiento institucional ni laceran la dignidad de la misma, ni de las personas que interactúan dentro del contexto escolar de la institución educativa Madre Laura Montoya.
La reincidencia tres veces en cualquiera de las siguientes faltas la convierte en situación tipo II.
! Impuntualidad a las clases y/o ausentarse de estas, de la institución y de cualquier acto o actividad institucional sin la excusa firmada por el padre de familia y/o acudiente o la autorización correspondiente dada por la Rectoría o coordinación y en sus defectos por quien estas deleguen.
! Perturbar en forma significativa y persistente el normal desarrollo de las actividades escolares con conversaciones o gritos extemporáneos que interrumpan las clases u estudios, desordenes en formación, tienda, actos cívicos, culturales, deportivos y religiosos de la comunidad educativa.
! Falta de comedimiento para atender las observaciones, sugerencias e indicaciones, mostrando desacato, rebeldía, vocabulario descomedido y trato descortés persistente a los compañeros, docentes o cualquier miembro de la comunidad educativa.
! Dañar o hacer mal uso del mobiliario o enseres, que están al servicio de la comunidad, paredes, sillas, baños, implementos deportivos, decorativos, libros, escritorios etc. pintando figuras obscenas, realizando escritos vulgares o pasquines entre otras.
! Comer en las clases, en los salones y en otras dependencias no autorizadas.
! Falta de cuidado en la higiene y presentación personal, porte indebido del uniforme, piercing, cabello tinturado con colores extravagantes o fuertes, uñas pintadas con colores oscuros como rojo, morado, negro entre otros, llevar maquillaje, adornos y accesorios que afectan la buena imagen del uniforme, cabello largo y aretes en los hombres.
! Tratarse por apodos, alías o insultos.
! Utilizar dentro de la Institución, celulares, radios, audífonos, grabadoras, u otro aparato tecnológico en cualquier momento y lugar, excepto para actividades donde se indique su uso o se permita por autorización expresa del profesor, coordinador y/o rectora. El colegio no se hace responsable por su perdida.
! Permanecer fuera del aula en horas de clase, entrar a los salones que no correspondan a su grupo sin autorización y quedarse en el aula de clases en el tiempo de descanso.
! Salir del salón en cambio de clase y/o cuando el profesor no ha llegado.
! Jugar con deslealtad, agresividad física o verbal, mala intención en los descansos y en las competencias deportivas, Inter. clases, ínter colegiado y otros.
! Tocar el timbre sin autorización del profesor.
! Quitar o esconder pertenencias a los demás compañeros.
! Hacer fraude en los trabajos y evaluaciones.
! Realizar acciones desmedidas de afecto que denoten obscenidad o conducta exhibicionista, durante la jornada escolar o fuera de ella, portando el uniforme del colegio.
! Irrespetar a la institución injuriando, calumniando o hablando mal de ella.
! Dar alarmas falsas que perturben el orden.
! El incumplimiento con los turnos de aseo cuando le corresponda.
! Hacer caso omiso a un llamado de atención en público o en privado por parte de cualquier integrante de la comunidad educativa.
! Jugar con balones o cualquier tipo de objeto que lo reemplace, en las zonas no autorizadas como patios, salones, aula máxima, pasillos entre otros.
! El no acatar con responsabilidad y respeto las observaciones ecológicas frente al manejo de las basuras y el cuidado del agua.
! Propiciar escándalos públicos, dentro y fuera de la institución, aunque fuere sin el uniforme.
! Intercambiar artículos, o comunicarse a través de puertas, ventanas, mallas de encerramiento con personas ajenas a la institución.
! Presentarse al establecimiento en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas, no recetadas por profesionales competentes.
9.1.1 PROTOCOLO PARA LA SANCIÓN DE SITUACIONES TIPO I
! Dialogo formal de la situación: La primera fase del proceso disciplinario, en esta parte quien haga la primera instancia (es decir el superior inmediato del alumno, en el instante en que se produce la infracción) convoca al infractor a una conversación conciliatoria en la cual se le da identidad a la falta y se analiza los factores que motivaron la conducta, debe quedar claridad sobre el carácter de situación tipo I, pero no se deja precedente escrito en la ficha del observador.
! Consignación de precedentes: Si se reincide la falta, quien sea la primera instancia convoca al estudiante para que la infracción sea consignada en el observador, con el debido descargo de ambas partes o por lo menos de la parte infractora; se establecerán compromisos y se realizará seguimiento a la situación. Es necesario que en el pie de la página de los descargos haya una nota que indique que la falta es reincidente.
! Informe al Director de Grupo: Si el alumno reincide en el comportamiento, el docente encargado hace un informe de la situación y el cursa el proceso disciplinario.
! Citación al Acudiente: Una vez el director de grupo es informado, este asume como primera instancia y procede a llamar al acudiente del estudiante con la debida autorización del Coordinador o Rectora de la Institución para concertar las soluciones viables.
! Interventoría de la Coordinación: Si superadas las etapas anteriores, el alumno reincide en su conducta, el proceso se remite a coordinación y será este directivo quien concerté nuevas soluciones y aplique sanciones pedagógicas como:
· Trabajo escrito de reflexión y crecimiento personal, que será asignado por el docente.
· Registro en el observador, con la firma de compromiso del estudiante para no repetir la conducta presentada.
· Decomiso de los elementos que afectan la convivencia (celulares, audífonos y todo tipo de aparatos electrónicos, prendas adicionales etc.) y entrega personal al padre de familia a los tres días hábiles.
· Citación al acudiente en caso de reincidencia.
· Remisión a comité de Convivencia escolar.
9.2. SITUACIONES TIPO II
Según el Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, son situaciones de acoso escolar y ciberacoso que no tienen las características de la comisión de un delito y que cumplen con cualquiera de las siguientes características:
1. Se presentan de manera repetida y sistemática.
2. Causan daño al cuerpo y/o la salud sin generar incapacidad.
En general, son situaciones que por su carácter afectan el desarrollo armónico institucional comprometen la responsabilidad del individuo, atentan contra el buen nombre de una entidad, o persona en particular.
! Practicar la huromania, el chiste morboso y las bromas irrespetuosas que pongan en riesgo la seguridad o que provoque pánico individual o colectivo.
! Acoso escolar contra algún miembro del estudiantado tras intimidar con bromas, apodos, insultos, amenazas, empujones y/o golpes de forma permanente.
! Mal uso de las redes sociales mediante actos donde se ridiculice a los compañeros con insultos, fotos, videos y/o Vs de manera reiterativa. (Ciberbullying)
! Agredir física y/o verbalmente a otras personas usando vocabulario soez, de burla, humillación o desprecio.
! Ejercer influencia negativa o inducir a prácticas nocivas, a personas o a grupos de alumnos o alumnas o compañeros, en detrimento de la integridad física, psicológica y moral de sí mismo y de los demás.
! Agraviar a través de la web o medios cibernéticos o telemáticos, telefónicos o símiles, a compañeros(as), profesores, directivos y demás miembros de la comunidad educativa.
! Juegos de contacto que estimulan la agresividad, afectando la integridad física de los estudiantes.
! Consumir dentro de la institución cualquier tipo de sustancias psicoactivas (cigarrillo, alcohol, Popper, marihuana, entre otras).
9.2.1 PROTOCOLO PARA LA SANCIÓN DE LAS SITUACIONES TIPO II
! En caso de afectación de la salud, se debe garantizar la atención inmediata de los implicados por parte del primer respondiente, de lo cual se dejará constancia.
! Remisión a entidad competente en los casos en que se amerite para restablecimiento de derechos, actuación de la cual se dejará constancia.
! Toma de medidas para proteger a los involucrados de situaciones en las que se puedan tomar acciones en su contra.
! Información al director de grupo y a coordinación de convivencia.
! Registro de la Situación en el observador del alumno: Toda situación tipo II, debe ser registrada en el observador del estudiante. A este se le respeta la garantía de ser escuchado.
! Formulación de los cargos ante Coordinador de convivencia.
! Descargos y Firma de Compromiso en el cual queden explícitas las acciones de restauración para reparar daños y definición de consecuencias aplicables para quienes han promovido o participado en la situación.
! Llamado y notificación al padre y/o madre de familia o acudiente de la decisión tomada.
! Remisión a Orientación escolar, con trabajo formativo dentro de la institución.
! Contrato Pedagógico: Si luego de haber seguido los correctivos anteriores, se descubre que el estudiante no ha cambiado su conducta, se diligencia un contrato pedagógico. Este es un documento institucional que establece un convenio de comportamiento entre: El estudiante, el director de grupo y la coordinación de la institución.
PARAGRAFO:
Los compromisos adquiridos en un contrato pedagógico son de seguro cumplimiento, de lo contrario se sugiere cambio de Institución Educativa.
9.3 SITUACIONES QUE SE CONSIDERAN TIPO III
De acuerdo a lo definido por el Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, son situaciones de agresión escolar que son constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, la integridad y la formación referidos en el título IV libro II de la Ley 599 de 2000 (código penal colombiano). Para la institución son definidas como acciones que realiza un estudiante y que como consecuencia de las mismas incumple sus deberes, compromisos y acuerdos, afectando el orden social establecido, y de manera grave y contundente el desarrollo normal del proceso académico y de convivencia de sí mismo y/o de otras personas, y que puede constituir acción punible legalmente judicializable y que por tanto debe ser informada a las autoridades competentes.
El tratamiento de estas faltas se hará acatando el sentido de lo establecido en los Artículos 18; 43 y 44 de Ley 1098 de 2006, y Ley de garantes.
Se consideran situaciones tipo III, entre otras, las siguientes:
! Promover, intimidar, manipular y/o coaccionar a otras personas a formar parte de subculturas y/o tribus urbanas que desde su filosofía, conductas y actuaciones, atenten contra la salud, la vida y la dignidad.
! Promover y/o participar en actividades que degraden o destruyan el entorno o el medio ambiente.
! Manipular y degradar la dignidad y moral de otras personas.
! Suplantar a otras personas en compromisos institucionales.
! Inducir a otras personas a cometer error para favorecerse así mismo o a terceros.
! Portar y/o usar armas y demás objetos que atenten contra la integridad de las personas.
! Inducir y expender cigarrillos, alcohol, psicoactivos y demás sustancias que atenten contra la integridad propia y/o de los demás.
! Agredir física y psicológicamente a otras personas, poniendo en riesgo su salud e integridad.
! Ejercer en forma manifiesta acciones de Intimidación, acoso escolar, -matoneo-, para con los miembros de la comunidad educativa. Por ser de carácter policivo el caso se remitirá a las autoridades pertinentes; en acatamiento a la ley 1620 de 2013.
! Estar implicado en infracciones o actuaciones que se constituyen como punibles o como infracciones de ley o contravenciones que determine la ley de infancia, la ley 1620 de 2013 y el código penal.
! Realizar, participar, promover, ocultar o favorecer cualquier práctica espiritista, de brujería, hechicerías, satanismo o inducir a estas a sus compañeros o compañeras.
! Pertenecer, promover, participar, ocultar o favorecer nexos con cualquier grupo delictivo, satánico o pandilla callejera, barra brava o grupo delincuencial que agredan la vida, dignidad o integridad de los demás miembros de la comunidad educativa.
! El atraco a mano armada, el encubrimiento y complicidad en este comportamiento.
! La corrupción de menores, el acceso carnal violento y/o actos sexuales abusivos.
! Incurrir en actos donde se fomente o incite a la prostitución y/o pornografía tras la divulgación en redes sociales y/o artefactos tecnológicos de anuncios, comentarios, fotos o videos que atenten contra el buen nombre y la conducta.
! Otras que se consideren muy graves por parte del Consejo Directivo y/o de la Rectoría del Colegio, mediante resolución escrita.
PARÁGRAFO. Las faltas no contempladas de manera explicitas en el presente manual no eximen al estudiante de su responsabilidad ni de las sanciones que genere por violación a los derechos y deberes como estudiante matriculado en la institución.
9.3.1 PROTOCOLO PARA LA SANCIÓN DE LAS SITUACIONES TIPO III
! Análisis de los descargos: Es garantía del Manual de convivencia, que lo primero al iniciar un proceso disciplinario es escuchar a las partes. En este escenario deben estar presentes: El estudiante, el director del grupo, el acudiente y un directivo docente como primera instancia. Para el caso de la situación tipo II la primera instancia es quien desempeña el cargo de Coordinador o Rector.
! En caso de afectación de la salud, se debe garantizar la atención inmediata de los implicados por parte del primer respondiente, de lo cual se dejará constancia.
! Información a coordinación de convivencia y a orientación escolar.
! Información inmediata a padres de familia o acudientes, de lo cual se dejará constancia.
! Registro escrito del hecho por parte del conocedor del caso.
! Formulación de los cargos ante Coordinador de convivencia.
! El presidente del comité de convivencia o su delegado en funciones informará de inmediato a la policía nacional y/o de infancia y adolescencia según sea el caso.
! Adopción de medidas por parte del comité para proteger la vida de la víctima, del agresor y del informante aplicando la normatividad sobre protección a la intimidad.
! Citación inmediata al comité de convivencia institucional.
! Presentación del caso ante el comité y toma de decisiones sobre acciones de reparación y restauración de daños y consecuencias aplicables para quienes han promovido o participado en la situación.
! Reporte del caso al aplicativo del Sistema de información unificada de convivencia.
! Remisión del caso a Consejo Directivo por reincidencia o incumplimiento de compromisos
! Consignación de la situación: Toda situación tipo III se registra anecdóticamente el en observador.
! Toma de decisiones: Después de hacer un análisis minucioso de la situación, el rector o coordinador, en primera instancia, llevan la situación al consejo directivo y citan al acudiente. El consejo Directivo dicta la sanción que consiste en la suspensión de las actividades académicas entre uno (1) y tres (3) días, dependiendo de la falta y atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes. Además, el sancionado deberá ejercer acciones de reivindicación y reparación de la falta.
Reincidencia:
Si el alumno después de habérsele llevado el debido proceso disciplinario de la situación tipo III reincide la institución puede dar por terminado su contrato de matrícula.
NOTA: Todo el anterior proceso debe ir consignado en la ficha de seguimiento del alumno.
10. CONDUCTO REGULAR PARA LA ATENCION DE UNA SITUACIÓN TIPO I, II O III.
! El educador implicado
! Orientador del grupo
! Encargado de la disciplina
! Coordinador
! Rectora
! Comité de convivencia
10.1. PROTOCOLOS DE ATENCION EN CONVIVENCIA DEBIDO PROCESO Y CONDUCTO REGULAR
ARTÍCULO 17. De acuerdo a lo reglamentado por el artículo 41 del Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, la institución debe definir claramente el protocolo a través del cual expone los procedimientos necesarios a seguir para asistir a la comunidad ante situaciones que afecten la convivencia escolar y el uso de los derechos. En este sentido, y teniendo en cuenta que la función primordial del Colegio es formar integralmente a los estudiantes, resulta necesario reglamentar la forma y los términos que deben cumplirse para aplicar los correctivos a que haya lugar así:
! Comunicación formal: apertura del proceso de manera escrita. Esta apertura se debe hacer mediante la radicación de una queja escrita ante el competente de acuerdo a la categoría de la falta, a través de la cual se informa de los hechos. (Artículo 41 Decreto 1965 de 2013).
! Formulación de los cargos: Lo realiza el propio docente con comunicación formal de la falta con registro en el observador del alumno.
! Presentación de pruebas por parte del docente.
! Presentación de descargos: Lo realiza el estudiante ante la instancia correspondiente de acuerdo a la gravedad de la falta.
! Estudio o análisis de los descargos: Lo realiza la persona o estamento que hace el estudio.
! Definición de la sanción y de las acciones restaurativas: La sanción siempre va de acuerdo a los hechos. Se tiene en cuenta el desarrollo cronológico, madurez psicológica, contexto que rodeó los hechos y condiciones familiares. No debe ser excesiva, será formativa mediante trabajo pedagógico y además el estudiante debe realizar acción de restitución cuando haya afectación a otra persona y/o bienes.
! Recurso de reposición: Ante la persona o ente que sancionó o estamento siguiente, según el conducto regular.
ARTICULO 18. De acuerdo a lo establecido en el Artículo 41 del Decreto 1965 de 2013, se incluye el directorio actualizado de las principales instituciones que tiene que ver con el sistema de convivencia escolar y a las cuales se puede acudir durante el trámite aplicado para la solución de los conflictos:
ENTIDAD |
NUMERO DE TELÉFONO |
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) |
8590216 - 3208656703 |
COMISARIA DE FAMILIA |
8590466 - 3134744351 |
HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO. |
8590045 - 8590212 |
PERSONERIA |
8591172 |
POLICIA |
8590040 |
FISCALIA SECCIONAL |
8590138 |
10.2 CORRECTIVOS Y ACCIONES PEDAGÓGICAS
Los correctivos al que se hace merecedor el alumno por el incumplimiento a las normas reglamentarias, serán establecidos de acuerdo a un análisis y seguimiento de su comportamiento, teniendo en cuenta los criterios establecidos de antemano y las disposiciones de la Legislación Escolar.
Según el Decreto 1423 de 1993 y teniendo en cuenta las Circulares 42 de 1984 y 40 de 1990, emanadas del Ministerio de Educación Nacional, además de la ley 1098 de 2006 de infancia y adolescencia y la ley 1620 de 2013 podrán imponerse los siguientes correctivos:
! Dialogo con docente, coordinador (a) y/o docente orientador (a) según lo amerite el caso, todo esto con miras a fomentar el auto crecimiento y valoración personal por parte del estudiante.
! Amonestación en privado.
! Amonestación escrita en el Observador y Ficha de Seguimiento.
! Notificación a los padres y/o acudientes.
! Rebaja en comportamiento social: Conducta o Disciplina
! Análisis de la situación con la participación de profesores y padres de familia.
! Remisión del caso a instituciones de salud o protección en caso de ser necesario.
! Remisión y análisis del caso por parte del comité de convivencia escolar.
! El estudiante al cual se le demuestre su responsabilidad en el daño de muebles, enseres, material didáctico o tecnológico en general, debe asumir los costos para la reparación de los mismos.
! Privación parcial total de las actividades extra-escolares (Consejo Directivo).
! Firma de un contrato pedagógico que prevea correctivos y objetivos concretos a logra en un tiempo prudencial. Firman alumno. Padres de familia, Consejo de profesores coordinador y rectora.
! Notificación de su retiro forzoso (Consejo Directivo, Académico y Asociación de Padres de Familia)
! Suspensión de la estadía a la institución hasta por tres días (Parágrafo 2º, Art. 5º., Decreto 1423 de 1993).
! El retiro temporal de clases o del establecimiento, debe ser producto de un análisis más profundo por parte de los alumnos, padres de familia, profesores y directivos y se hará con resolución rectoral con la debida notificación a la dirección de Núcleo de desarrollo Educativo correspondiente.
! Los alumnos no podrán ser retirados del establecimiento, sin el visto bueno de la Asociación de Padres de Familia del plantel. (Artículo 319 del Decreto 2737 de 1989), visto bueno del respectivo Director de Núcleo de desarrollo educativo.
11. MANUAL DE FUNCIONES:
11.1. FUNCIONES DE LA RECTORA:
Además de las funciones señaladas en otras normas, tendrá las siguientes:
! Dirigir la preparación del Proyecto educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
! Presidir el Consejo Directivo y el consejo académico de la institución y coordinar los distintos órganos del gobierno Escolar.
! Representar la institución ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.
! Formular planes anuales de acción y de mejoramientos de calidad, y dirigir su ejecución
! Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
! Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularices del personal a la Secretaría de Educación Municipal, Departamental o quien haga sus veces.
! Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y permisos.
! Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.
! Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.
! Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.
! Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
! Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
! Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.
! Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.
! Rendir un informe al consejo Directivo de la institución educativa al menos cada seis meses.
! Administrar el fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente ley.
! Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.
! Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta prestación de los servicios educativo.
11.2. FUNCIONES DEL COORDINADOR:
! Le corresponde la administración académica de la institución y la administra, participar en el consejo Académico y en los demás en que sea requerido.
! Colaborar con el rector en la Planeación y Evaluación institucional.
! Organizar los asesores de grupo para que sean los ejecutores inmediatos de la administración de los alumnos.
! Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la coordinación académica, servicios de bienestar, padres de familia y demás estamentos de la comunidad educativa.
! Establecer canales y mecanismos de comunicación.
! Organizar y supervisar las acciones disciplinarias en general de la Institución.
! Supervisar la ejecución de las actividades de la institución.
! Colaborar con el rector en la distribución de las asignaturas y en la elaboración del horario general de clases de la institución.
! Llevar los registros y controles necesarios para la administración los profesores y alumnos.
! Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.
! Rendir periódicamente informe al rector de la institución sobre las actividades de su dependencia.
! Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
! Cumplir las demás funciones que se sean asignada de acuerdo con la naturaleza del cargo.
11.3. FUNCIONES DEL DOCENTE ORIENTADOR
Depende de la rectora del plantel, le corresponde facilitar que los estudiantes y demás estamentos de la comunidad educativa identifiquen sus características y necesidades personales y sociales para tomen sus decisiones consiente y responsablemente, creando así un ambiente que estimule el rendimiento académico y la realización personal.
Funciones del orientador
! Planear y coordinar con el equipo de convivencia el cronograma de actividades a desarrollar con la comunidad educativa.
! Realizar seguimiento a los que lo requieren atención a nivel académico, disciplinario y comportamental.
! Realizar talleres formativos para estudiantes según las necesidades e intereses de cada grupo.
! Asesorar a los docentes con estrategias sicopedagógicas que contribuyan al mejoramiento académico, disciplinario y comportamental del estudiante y del grupo en general.
! Participar en las jornadas de seguimiento a estudiantes a través del comité de evaluación y promoción
! Brindar orientación y asesoría psicopedagógica a nivel individual y grupal a los padres de familia.
! Elaborar el informe psicopedagógico de seguimiento al estudiante atendido.
! Organizar y diseñar actividades para la escuela de padres.
! Intervenir como consejero en el estudio de casos especiales.
! Diseñar en colaboración con los directores de grupo talleres, dinámicas para internalizar valores, normas de comportamiento, que busquen cambios de actitudes y compromisos, con el fin de lograr mayor rendimiento, mejores relaciones, evitar la deserción.
! Elaborar diagnósticos sobre situaciones problemáticas, grupales y posibles soluciones.
11.4. FUNCIONES DE LA SECRETARIA:
! Programar y organizar las actividades propias de su cargo.
! Diligenciar y mantener al día en forma ordenada los libros reglamentarios de la Institución: Calificaciones, recuperaciones, historial, asistencia de los alumnos, actas de graduación, y actas de reuniones: padres de familia, profesores, actos cívicos, recuperaciones, validaciones, admisiones
! Asistir a las reuniones de: profesores, padres de familia y consejo directivo
! Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matrícula, revisando la documentación de los alumnos y diligenciando las hojas de matrícula.
! Elaborar y suministrar a los profesores las listas de: Asistencia, calificaciones, observaciones, observaciones del alumno.
! Responder por los archivos.
! Mantener ordenada y actualizada la documentación de los alumnos, personal docente, administrativo y de servicios generales.
! Colaborar con la rectora y el coordinador en la elaboración de los informes estadísticos.
! Elaborar las certificaciones de estudios, tiempo de servicios, constancias y demás documentos que le sean solicitados.
! Refrendar con su firma los certificados una vez firmados por la rectora.
! Atender al público en el horario establecido por la institución.
! Recibir, clasificar y archivar la correspondencia y demás documentos que se sean confiados.
! Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo.
! Pasar las calificaciones definitivas a los libros respectivos cada periodo y al finalizar el año escolar.
! Adquirir información sobre exposiciones vigentes.
! Guardar exquisita prudencia en todo lo que se requiere a información de datos personales sobre el profesorado y alumnos y en general sobre el funcionamiento interno de la institución
! Procurar una correcta presentación personal acorde con su cargo.
! Cumplir la jornada laboral legalmente establecida y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo no retirándose de la institución sin previo autorización.
! Cuando se haga necesario ausentarse de la institución por un día o mas deberá pedir la autorización la cual se dará por escrito.
! Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por la rectora
11.5. FUNCIONES DE LOS DOCENTES:
Al igual que las funciones del director, estas también son regidas por los decretos Nº 12342 del 23 de julio de 1982 y 2277 del 27 de septiembre de 1979 y 2480 de 1986
! Responder al director por su grupo a él confiado.
! Responder por las necesidades de los alumnos y de acuerdo al compromiso educativo integral.
! Participar en todo lo de la Institución.
! Participar en la planeación y programación de actividades.
! Programar y organizar actividades de los alumnos para mejorar y lograr el desarrollo de personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.
! Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso enseñanza aprendizaje.
! Presentar informes del rendimiento académico de los alumnos a su cargo, al término de cada uno de los periodos de evaluación, certificando las calificaciones con su firma.
! Participar en la administración de los alumnos conforme lo determina el reglamento de la institución y presentar los casos especiales al director.
! Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.
! Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.
! Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su cargo.
! Establecer comunicación permanente con sus compañeros, padres de familia o acudientes para coordinar las acciones educativas.
! Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos a su cargo.
! Participar de los programas de bienestar para los estudiantes a su cargo.
! Cumplir con la constitución o leyes de Colombia.
! Inculcar en los educandos los valores históricos y culturales de la nación.
! Desempeñar con eficiencia y buena actitud las funciones del cargo.
! Cumplir las órdenes inherentes a su cargo que le impartan sus superiores.
! Dar un trato cortés a sus compañeros y subordinados.
! Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes del establecimiento.
! preservar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo.
! Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo, y con relación a sus alumnos.
! Abstenerse de solicitar a sus alumnos o personal del plantel la presentación de servicios personales.
! Informar veraz y oportunamente al competente sobre la comisión de hechos que puedan constituir causas de mala conducta y de las cuales tenga conocimiento.
! Las demás que para el personal docente determina las leyes y los reglamentos ejecutivos.
11.6. FUNCIONES DEL ENCARGADO DE LA DISCIPLINA DE LA SEMANA
! Ser el primero en llegar a la jornada escolar para recibir al personal docente y permanecer en la institución hasta la salida de los estudiantes.
! Impulsar la vivencia de los valores propuestos por la institución para el mes.
! Velar por la disciplina y la buena presentación de la institución
! Revisar el aseo de los salones y de las unidades sanitarias y demás dependencias de la Institución.
! Controlar la puntualidad de los estudiantes y reportarlos en coordinación.
! Evaluar la semana de la disciplina con el coordinador y con el grupo de disciplina y dejar evidencia escrita.
! Nombrar un equipo colaborador y distribuirle responsabilidades
11.7. FUNCIONES DEL CELADOR:
! Le corresponde realizar tareas de vigilancia, conservación, mantenimiento y seguridad de los bienes del plantel.
! Ejecutar las tareas de vigilancia fijadas por las directivas de la institución.
! Cumplir los turnos y horarios de vigilancia que le sean asignados: cambiar solo cuando sea autorizados.
! Velar por el mantenimiento, conservación y seguridad de los bienes de la institución, en las zonas de vigilancia que le sean asignados.
! Colaborar en la prevención y control de situaciones de emergencia.
! Consignar en los registro de control las anomalías detectadas durante sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas.
! Procurar una correcta presentación acorde con su cargo.
! Cumplir la jornada laboral legalmente establecida y dedicar el tiempo reglamentario a las funciones de su cargo, no retirándose de la institución sin previa autorización,
! cuando se haga necesario ausentarse de la institución por un día o mas deberá pedir a la rectora autorización la cual deberá ser dada por escrito
! toda ausencia por motivo d enfermedad deberá justificarse con incapacidad medica
! cumplir las demás funciones que le sean asignadas por la rectora.
11.8 FUNCIONES DE LA AUXILIAR DESERVICIOS
GENERALES:
! Atender la limpieza de las instalaciones físicas, equipos y mobiliario de las dependencias de la institución.
! Velar por la correcta presentación de las oficinas en cuanto aseo se refiere.
! Cumplir la jornada laboral legalmente establecida para tal efecto por el superior inmediato bien sea la rectora o el coordinador de la institución
! Impedir el acceso a personas extrañas a las oficinas donde cumplan sus labores.
! Informar sobre cualquier novedad ocurrida a los equipos.
! Responder por los elementos utilizados para las tareas asignadas.
! Procurar siempre una correcta presentación de acuerdo a su cargo.
! cumplir las demás funciones que le sean asignadas por la rectora.
11.9. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE GRUPO:
! Ser los primeros en cumplir el Manual de convivencia
! Respetar y acoger las ordenes de los profesores y demás superiores
! Responsabilizarse de la marcha general del grupo en ausencia del profesor, distribuyendo el trabajo y recogiéndose al finalizar la clase.
! Velar por la disciplina general en el aula y en los actos de comunidad.
! Controlar las salidas del salón, cuando no está el profesor, junto con la monitora la clase.
! Estar pronto a acoger las buenas iniciativas e ideas de los compañeros y mantenerlos informados de las diferentes normas y actividades de la institución.
! Procurar que su salón de clase este siempre bien presentado y debidamente decorado.
! Mantener buenas relaciones con los miembros de la comunidad educativa.
11.10. FUNCIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Son funciones de los padres de familia:
! Integrar e impulsar la educación familiar y escolar.
! Colaborar con los educadores en lo que corresponde a la seguridad, moralidad, higiene y bienestar del alumno.
! Procurar una coordinación entre padres de familia y educadores, a fin de descubrir y conocer las inclinaciones y capacidades del educando y orientarlo hacia su pleno desarrollo.
! Ofrecer a la institución el apoyo intelectual y moral necesario para la solución de aquellos problemas que perturban la formación integral de los alumnos.
! Promover conferencias periódicas y demás funciones que redunden en el mayor conocimiento de la comunidad educativa y de la sociedad en general.
! Cumplir el compromiso contraído en la matrícula de sus hijos.
! Asistir puntualmente en las reuniones de los padres de familia y participar activamente en ellas.
! Inculcar en los hijos la gratitud y respeto por sus educadores, dándoles al mismo tiempo el ejemplo pertinente.
! Solicitar de las entidades que estimen conveniente toda clase de ayuda para la buena marcha del establecimiento.
12. GOBIERNO ESCOLAR
La ley 115 de 1994, en su Artículo 142 establece la conformación del Gobierno Escolar con la participación de la comunidad educativa a que hace referencia en Artículo 68 de la Constitución Política.
En el Artículo 143 de dicha ley se establece un Consejo Directivo que es elegido por toda la comunidad educativa de manera democrática, a fin de comprometerse activamente en la tarea de orientación y acompañamiento en la educación integral de los alumnos.
12.1. CONSEJO DIRECTIVO:
Es la instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.
Está integrado por:
! La rectora
! Dos docentes de la Institución
! Un representante de los estudiantes del último grado
! Un exalumno de la Institución
! Un representante del sector productivo
FUNCIONES: según el artículo 23 del decreto 1860, las funciones del consejo directivo son las siguientes:
! Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre docentes y administrativos con alumnos del establecimiento después de haber agotado los procedimientos previstos en el manual de convivencia.
! Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa en caso de establecimientos privados.
! Aprobar el plan anual de actualización académica presentado por el rector.
! Servir de enlace para resolver los problemas que se presentan en la institución y la comunidad.
! Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución.
! Defender los derechos de la comunidad, cuando uno de sus miembros se sienta ofendido.
! Participar en la planeación y ejecución del PEI, currículo y plan de estudios y someterlo a las consideraciones de la secretaría de educación respectiva.
! Estimular y controlar el funcionamiento de la comunidad educativa.
! Participar en la evaluación de los docentes y directivos docentes.
11.2. CONSEJO ACADEMICO
Según el Artículo 145 de la ley 115, Decreto 1860 Art. 24. Se establece un Consejo Académico, convocado y presidido por la Rectora
! Rectora
! Coordinador
! Un docente por cada grado que ofrece la Institución y en secundaria un docente por cada una de las áreas
Instancia superior para participar en las orientaciones pedagógicas de la Institución; conformado por la directora y un docente por grado.
FUNCIONES:
! Servir de órgano de consulta del consejo directivo.
! Estimular el currículo y propiciar su continuo mejoramiento.
! Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
! Participar en la evaluación institucional anual.
! Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los alumnos y para su promoción.
! Recibir y decidir de los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa y las demás funciones a fines que le atribuya el PEI.
11.3. CONSEJO DE ESTUDIANTES
Es el máximo órgano colegiado que asegura el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos, integrado por un alumno de cada grado.
FUNCIONES:
! Darse su propia organización interna
! Elegir al representante de los estudiantes ante el consejo directivo de la institución y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
! Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida escolar.
! Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia
11.4. PERSONERO ESTUDIANTIL
! Debe ser un alumno del último grado que tenga la Institución.
! Será elegido por todos los alumnos de la Institución.
! Debe sacar la mayoría de votos frente a los demás candidatos.
! Debe presentar su proyecto de trabajo.
! Debe conocer muy bien la filosofía de la Institución y el Manual de Convivencia.
! Debe tener por lo menos dos años de antigüedad en la Institución.
11.5. CONTRALOR ESTUDIANTIL
! De ser un alumno del grado noveno o décimo.
! Será elegido por todos los alumnos de la Institución.
! Debe sacar la mayoría de votos frente a los demás candidatos.
! Debe presentar su proyecto de trabajo.
! Debe conocer muy bien la filosofía de la Institución y el Manual de Convivencia.
! Debe tener por lo menos dos años de antigüedad en la Institución.
12. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA
Se crea el comité de convivencia escolar de acuerdo al (Artículo 12°) de la ley 1620.
El comité de convivencia estará conformado por:
! El rector del establecimiento educativo quien lo preside.
! El coordinador.
! El Docente Orientador
! Dos representantes de los docentes del consejo directivo
! Presidente del Consejo de padres
! Presidente del Consejo de estudiantes
! El personero de los estudiantes
El Comité Convivencia se reunirá bimestralmente o extraordinariamente según lo requiera.
La citación a las reuniones se hará con un día de anticipación.
Los integrantes se renovaran anualmente.
12.1. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA (Artículo 13°)
! Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presentan entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
! Liderar en los Establecimientos Educativos acciones que fomentes la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
! Promover la vinculación de los Establecimientos Educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten e la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
! Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa.
! Activar la ruta de atención integral para la convivencia escolar definida en el Artículo 29 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este Comité de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia, porque trasciende del ámbito escolar y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias.
! Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
! Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del sistema nacional, de los casos o situaciones que haya conocido el Comité.
! Proponer, analizar y viabilizar estrategias ´pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía .
13. PROTOCOLO DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL (ART. 31)
! La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las Directivas, Docentes y Estudiantes involucrados.
! El conocimiento de los hechos a los Padres de Familia o Acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos.
! Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de corresponsabilidad y respeto de los Derechos Humanos.
! Se pertinente para cada caso garantizará la atención integral y el seguimiento.
14. SERVICIOS QUE OFRECE LA INSTITUCION
14.1. INGRESO A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
! Para ingresar a la Institución al grado Preescolar, será necesario tener 5 años cumplidos (Transición).
! Para el grado primero, el alumno debe tener seis años cumplidos, en lo posible haber realizado el Preescolar y presentar los requisitos de ley.
! Para los grados, segundo de primaria a educación básica y media, se necesita boletín de calificaciones, hoja de vida debidamente diligenciada y los requisitos de ley.
14.1.1 INGRESO NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD
El decreto 1421 DE 2017 plantea: Artículo 2.3.3.5.2.3.3. Acceso al servicio educativo para personas con discapacidad. De conformidad con el artículo 11 de la Ley 1618 de 2013, las entidades territoriales certificadas garantizarán a las personas con discapacidad el ingreso oportuno a una educación con calidad y con las condiciones básicas y ajustes razonables que se requieran, sin que la discapacidad sea causal de negación del cupo. Para ello, se deberá adelantar el siguiente proceso:
! El estudiante con discapacidad que se encuentra en proceso de ingreso al sistema educativo formal deberá contar con diagnóstico, certificación o concepto médico sobre la discapacidad emitido por el sector salud y con el PIAR o el informe pedagógico si viene de una modalidad de educación inicial, que permita identificar el tipo de discapacidad. En caso de que el estudiante no cuente con dicho requisito, se deberá proceder con la matrícula y con el registro de las variables para la identificación de los estudiantes con discapacidad en el SIMAT, con base en la información de la familia y se efectuará el reporte correspondiente a la respectiva secretaría de educación, o entidad que haga sus veces, para que en articulación con el sector salud se establezca el diagnóstico y el proceso de atención más pertinente, en un plazo no mayor a tres meses.
! Efectuada la matrícula, se inicia el proceso de acogida incluido en la organización institucional con base en el diseño universal y se realiza la valoración pedagógica y la elaboración del PIAR (Plan individual de apoyo y ajuste razonable).
! El estudiante en situación de discapacidad será ubicado al grado acorde a su edad cronológica.
14.2. PERMANENCIA:
Se pretende la permanencia de los alumnos, por tanto si un niño o jóven no termina el año satisfactoriamente y tiene que reiniciar, se le dará la oportunidad siempre y cuando no existan causales de exclusión contempladas en este manual.
! La no presencia del padre de familia al llamado de la Institución sin causa justificada escrita, conlleva a la remisión del estudiante a una institución de protección hasta cuando su padre o acudiente pueda hacerse presente.
! La ausencia temporal por un período superior a la cuarta parte del tiempo total previsto afecta la permanencia en la Institución por el resto del año escolar.
! La reiteración de las situaciones tipo I, Tipo II y Tipo III contempladas en este manual de convivencia amparado bajo la ley 1620 de 2016 ley de convivencia escolar.
! Pérdida del año escolar con 2 áreas y antecedentes de comportamientos sociales no acordes a las normas de esta Institución.
14.3. PROCEDIMIENTO PARA NEGAR EL CUPO:
! Por la no disponibilidad de cupos en el grado correspondiente.
! Si después de un estudio de la hoja de vida del alumno y analizadas las evidencias del debido proceso, se concluye que el estudiante no acepta, en sus prácticas el Manual de Convivencia que el mismo contribuyó a establecer, El Consejo de Profesores y la Asociación de padres Familia, impondrán la máxima sanción al estudiante, retirándolo del plantel hasta por tres años.
14.4 SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO
Decreto 1860 de 1994 Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. Artículo 39. Servicio social estudiantil. El servicio social que prestan los estudiantes de la educación media tiene el propósito principal de integrarse a la comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, colaborando en los proyectos y trabajos que lleva a cabo y desarrollar valores de solidaridad y conocimientos del educando respecto a su entorno social. Los temas y objetivos del servicio social estudiantil serán definidos en el proyecto educativo institucional. Los programas del servicio social estudiantil podrán ser ejecutados por el establecimiento en forma conjunta con entidades gubernamentales y no gubernamentales, especializadas en la atención a las familias y comunidades. El Ministerio de Educación Nacional reglamentará los demás aspectos del servicio social estudiantil que faciliten su eficiente organización y funcionamiento. Resolución Numero 4210 de1996 Por la cual se establecen reglas generales para la organización y el Funcionamiento, del servicio social estudiantil obligatorio.
El servicio social además de ser un requisito legal para obtener el título como bachiller, es uno de los pilares y principios fundamentales de la institución, en el cual se ven inmersos elementos como el sentido de solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, la responsabilidad y el compromiso con el entorno social. Para el buen desarrollo del mismo, la Institución adelanta acciones tales como convenios con Instituciones públicas y privadas, proyectos que favorezcan a la comunidad educativa y apoyo pedagógico en básica primaria con esto se busca tener una oferta Institucional, que se ajuste a la dinámica de los estudiantes de grado 10° y 11°.
El Servicio Social debe ser pago bajo los parámetros establecidos por la institución, bajo ninguna medida debe ser realizado de manera independiente, pues lo que se pretende es realizar un acompañamiento autentico y realizar el respectivo seguimiento, en la cual el estudiante debe cumplir un mínimo de 80 horas.
El estudiante después de realizar el proceso de selección y recibir el acompañamiento correspondiente, debe cumplir con unos mínimos acuerdos a fin de culminar satisfactoriamente el Servicio Social, tales como:
! El cumplimiento del horario según se haya firmado y convenido.
! Utilización del uniforme de diario o educación física del Colegio, puesto que es una actividad Institucional.
! Seguimiento de las normas propias de la Institución donde se realizará el servicio Social.
! Seguimiento de las normas consignadas en el Manuel de Convivencia Escolar.
! El estudiante debe ser responsable del registro de horas de Servicio Social, el cual debe acreditar la firma original del representante legal donde presta el servicio.
Particularidades
! Para los estudiantes que ya realizaron el Servicio Social en otra Institución o están certificados por su anterior Colegio, deben presentar el certificado en original en el cual se exprese el cumplimiento de las 80 horas, El cual será verificado mediante un correo electrónico o llamada telefónica.
! Los estudiantes que lleven un proceso mayor de dos años en la Banda musico marcial de la institución y/o la municipal se le homologaran las horas de Servicio Social así, como aquellos que ejercen el rol de Contralor y Personero Estudiantil.
14.5. TIENDA ESCOLAR:
! Los estudiantes solo pueden comprar en los horarios establecidos realizando la respectiva fila.
! Solicitar los servicios con respeto, amabilidad y cortesía.
! Reparar cualquier daño presentado en la tienda escolar.
! Mantener el lugar limpio y adecuado para su funcionamiento.
! Vender producto nutritivos y a precios favorables.
! Buscar mecanismos que favorezcan la atención ágil y ordenada al público.
! Respetar la fila evitando brusquedad y vocabulario descomedido.
! No permitir el acceso a personal diferente a las responsables de la tienda.
14.6. BIBLIOTECA:
! Hablar en voz baja
! Dejar los libros sobre la mesa después de ser utilizados.
! Llevar la bibliografía para la consulta
! No rayar ni doblar los libros... entrar solamente lápiz y papel.
! Solicitar de manera respetuosa los servicios de biblioteca.
! Dejar las mesas de trabajo en orden y limpias.
! No ingerir alimentos dentro de la biblioteca.
! Devolver oportunamente los libros y materiales prestados en perfectas condiciones.
! Ningún libro puede ser usado fuera de la sala de biblioteca sin antes no haber sido registrado debidamente.
! Los libros de reserva solo se prestaran para consulta interna en la biblioteca.
Sanciones por el mal uso del servicio de la Biblioteca.
Con el fin de agilizar el servicio y lograr la devolución oportuna del material debe tenerse en cuenta.
! Quien pierda cualquier clase de material (libro, revista, entre otros) deberá reponerlo.)
! Quien mutile o raye cualquier tipo de material deberá pagarlo y se le aplicará una sanción según lo estipulado en este manual.
! Los profesores y administrativos en el momento del retiro de la institución deben estar a paz y salvo con la biblioteca.
! Todo estudiante al que se le llame la atención por encontrarse charlando o en otras actividades diferentes a la lectura y que perturben la tranquilidad del lugar o estén causando daños se le retirará de la biblioteca y su reincidencia le privará del derecho al préstamo de libros y al ingreso de nuevo a ella. Hasta que medie autorización expresa de la coordinación.
! Las falta a este reglamento serán evaluadas y afectaran por lo tanto la conducta y disciplina del estudiante aunque esté en jornada contraria.
14.7. AUDIOVISUALES
! Pedir turno con anticipación
! Los equipos prepararlos con anticipación (Control del TV, Video beam, extensiones, Tablet, computadores, tableros interactivos, entre otros.)
! No darles otro uso diferente.
! Al salir de la sala de sistemas dejarla en completo orden.
! Cuidar las sillas y demás elementos que allí hay.
14.8. DEPORTES
! Mantener actualizado el inventario
! Organizar festivales recreativos y escolares.
! Fomentar en los estudiantes la práctica del deporte.
! Realizar intercambios deportivos interclases e interinstitucional.
! Llevar el uniforme de acuerdo a las reglas establecidas
! Asistir puntualmente a los entrenamientos y encuentros deportivos.
! Cuidar y entregar oportunamente los implementos deportivos.
! Dejar la cancha limpia y organizada.
14.9. MATERIAL DIDACTICO.
! Mantener actualizado el inventario
! Llevar un registro o control de la entrada y préstamo de materiales.
! Devolver los materiales prestados en el momento oportuno.
! Responder por los daños causados, si es preciso reponiendo el material.
! Solicitar el servicio en el horario señalado.
14.10. AULA DE SISTEMAS
! Tener el equipo de trabajo en buen estado y limpieza.
! No ingerir comidas, ni bebidas dentro del Aula.
! Llegar puntual a clase.
! Llevar los elementos indispensables.
! Responder por los daños ocasionados
! Utilizar correctamente los implementos del computador.
! No traer USB con el fin de evitar virus.
! No guardar ningún disco personal en el disco duro del computador.
! No hacer copias de seguridad a programas privados de la Institución sin autorización del instructor.
! Dejar limpios y cubiertos los computadores y el salón después de clase.
! Tener un tono moderado dentro del aula.
! Respetar y cumplir el reglamento del aula de sistemas
! Mantener limpio y organizado el salón de material didáctico.
! Tener el equipo de trabajo en buen estado y limpieza.
14.11. SALA DE MUSICA
! Mantener actualizado el inventario
! Organizar la participación en eventos.
! Fomentar en los estudiantes la práctica de la música.
! Llevar el uniforme de acuerdo a las normas establecidas.
! Asistir puntualmente a los ensayos y eventos.
! Entrega oportuna y buen uso de los implementos musicales.
! Dejar el aula limpia y organizada.
14.16. SALA DE PROFESORES
! Mantener el lugar limpio y ordenado
! Este salón es para uso exclusivo de los profesores.
! No se debe permitir el acceso de estudiantes o personas ajenas a la institución.
14.17. RESTAURANTES ESCOLAR
! Respetar el horario de entrada de cada grupo.
! Entrar en forma ordenada al restaurante.
! Solicitar el servicio en el horario señalado y con su respectivo ficho.
! Mantener limpio y organizado el salón del comedor.
15. REFORMA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
El manual da convivencia podrá ser evaluado y ajustado anualmente por la comunidad educativa de la institución ( Art. 9º del decreto 1423 del 6 de mayo de 1993) para mayor eficacia en el cumplimiento del manual de convivencia también se harán evaluaciones periódicas con los alumnos, especialmente en los casos en que haya personas que los violen.
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